ESCRITO DIRIGIDO AL PORTAVOZ SOCIALISTA

Escrito hecho el día 9 de Octubre de 2002

 

AYUNTAMIENTO DE FUENTELAPEÑA__________
PLAZA CONSTITUCIÓN S/N C.P. 49410. TELF: 980-605018, FAX 980-605177

SR.D. JESUS CALDERA SÁNCHEZ-CAPITÁN
PORTAVOZ DEL P.S.O.E.
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
PASEO DE LA CASTELLANA 9
MADRID


Estimado compañero:

Antes de nada, me presentaré, soy CESAR POLO GOMEZ, alcalde del Municipio de Fuentelapeña (Zamora) en representación del P.S.O.E.

No te conozco y me gustaría hacerlo, ya que diariamente, vengo observando tu forma de actuar (perdona te tutee). Comentado mi -PROBLEMA- con compañeros de Salamanca, me indicaron te informara de ello y así quiero hacerlo.

Como verás, te "acompaño escrito que remito al Excmo. Sr. Ministro de Trabajo", en el mismo verás los móviles.

Siento mucho deciros de que, en esta zona me encuentro solo, ya que nuestro Partido en vez de colaborar con sus componentes, lo hace mejor con los mandatarios, de estos pueden esperar algo, ¿y de nosotros no!, que no son otros más que los del P.P.

Son muchas veces las que he solicitado su ayuda, pero siempre ha sido condicionada a que en "reuniones de Diputación, INEM, Junta etc", me callara y aceptara todo lo que propusieran. Esta es su forma de actuar, no la mía y cierto es que no soy rebelde, pero entiendo que hoy día con nuestra Democracia, podemos expresarnos como entendamos en cada caso y no bajarnos lo……y hacer lo que de la oposición diga por "un plato de lentejas"

En fin yo te ruego gestiones para ver de si una vez por todas, cortamos estos abusos que están haciendo los Organismos de Zamora y nuestro Partido con el Municipio que represento y móviles dichos.

También no estaría de más, extraoficialmente solicitarais información de nuestro Compañero de Provincia, comprobarais lo dicho y más que me callo claro está, si ésta le es solicitada directamente, dirán que la -oveja negra- soy yo.

Esperando tus ayudas y noticias y rogándote sigas luchado, te saluda atte.

Don. César Polo Gómez
Alcalde de Fuentelapeña (Zamora

AYUNTAMIENTO DE FUENTELAPEÑA__________
PLAZA CONSTITUCIÓN S/N C.P. 49410. TELF: 980-605018, FAX 980-605177


EXCMO.SR.MINISTRO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
MADRID


Con mi escrito núm. 291 de fecha 4 de los corrientes, pone en conocimiento de V.E. "nuestros temores" sobre la "denegación por parte de la Junta de Castilla y León, Delegación Territorial, Oficina Territorial de Trabajo de Zamora" de las ayudas solicitadas por este Ayuntamiento, acogiéndonos a la Orden de 2 de Mayo de 2002, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, "convocando ayudas para el año 2002 en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales", publicada en el B.O. C y L. Núm. 95 de fecha 20 de Mayo de 2002.

Por este Ayuntamiento, en los plazos dados, presentó el expediente completo en la Junta de Castilla y León, Delegación territorial de Zamora, el día 30 de Julio del 2002.

Al solicitarle por el mismo a dicha Delegación información sobre la "tramitación del expediente", nos fue dada en el sentido de que, el mismo estaba completo, pendiente de reunirse la Comisión y que si era preceptivo acompañar más documentación, ésta nos sería reclamada.

En este Ayuntamiento, no se ha recibido escrito alguno reclamando documentación y por ello, entendíamos de que sí se aprobaría esta subvención.

Para gran sorpresa y no entendiendo los motivos ni aprobando los hechos que se dicen, recibimos el día 27 de Septiembre del 2002, escrito del Ilmo. Sr. Director Provincial del INEM, dando cuenta de que, nos ha sido denegada la "subvención" solicitada por las consideraciones siguientes:

* Las serias dificultades que el Ayuntamiento de Fuentelapeña tiene habitualmente para hacer pago a los trabajadores.
" Los reiterados incumplimientos y disfunciones en los que se refiere a sus obligaciones con la Seguridad Social, incluyendo su situación actual que revela crecientes desfases.
" El informe jurídico emitido por la Abogacía del Estado, en el que parece claramente delimitada la competencia de la Comisión Provincial de Seguimiento del programa de fomento del empleo agrario, en esta materia.
" La consideración unánime de los miembros de la Comisión de que la subvención tiene carácter condicional, quedando obligado el beneficiario a llevar a cabo determinados compromisos que garantice la ocupación efectiva de los trabajadores.
" Así como la consideración de que las obras presentadas no cumplen los requisitos establecidos en el artículo 6, punto 6 del Real Decreto 939/97, de 20 de Junio, que establece que estén relacionadas con el desarrollo del medio rural, forestal, medio ambiente y mejora de la calidad de vida.

Ante tales hechos, interponemos RECURSO DE ALZADA acogiéndonos al Título VII de la Ley 30/92, según redacción dada por la Ley 4/99, de 13 de Enero (B:O.E. de 14), ante V.E., en tiempo y forma, alegando lo siguiente: con relación a las consideraciones que se hacen constar y que han sido los móviles de la denegación de la subvención:


1ª.- LAS SERIAS DIFICULTADES QUE EL AYUNTAMIENTO DE FUENTELAPEÑA TIENE HABITUALMENTE PARA HACER FRENTE A LOS PAGOS DE LOS TRABAJADORES:
Esto no es cierto, ya que este Ayuntamiento ha liquidado los haberes de sus trabajadores inmediatamente y tan pronto como disponíamos de dichas subvenciones, llegando en ocasiones, como el ejercicio anterior, de adelantar para que percibieran éstos la parte de la Junta que no ingresaban su importe hasta pasados dos meses a la finalización del contrato.
Por su parte, el INEM, en más de tres ejercicios últimos, el importe que tenían que ingresar al Ayuntamiento lo hacía siempre con retraso, intentando con esta forma de actuar de que no pudiéramos hacer los pagos , ingresos éstos bastantes considerados y, que para este Ayuntamiento (rico en necesidades y necesitados en recursos) era de suma necesidad que los ingresos se realizaran en los plazos acordados.
Los retrasos de los compromisos estatales, lógicamente repercuten en un costo adicional para el Ayuntamiento, como son los recargos del 5 y 20% en las cuotas de la S. Social.
¿No cree V.E. que si esto fuera cierto los obreros se levantarían contra el Ayuntamiento?
Ahora sí tenemos un caso que quiero también conozca V.E., por la Junta de Castilla y León, Oficina Territorial de Trabajo, se nos aprobó una subvención para 6 trabajadores por importe de 2.193, 34 Euros por trabajador. Dichos obreros, comenzaron su trabajo por el 12 de Agosto del 2002, estas son las fechas de que aún, no se ha recibido el importe de la subvención dicha.
¿Quiénes tienen la culpa de que los obreros no cobren?. Casos como estos, son diarios con el Ilmo. Sr .Director del INEM y el que desconociendo las causas, está haciéndonos todo el mal que puede.

2ª.- LOS REITERADOS INCUMPLIMIENTOS Y DISFUNCIONES EN LO QUE SE REFIERE A SUS OBLIGACIONES CON LA S.SOCIAL INCLUYENDO SU SITUACIONES ACTUAL QUE REVELA CRECIENTES DESFASES.

Cierto es, de que, este Ayuntamiento es deudor a la S..Social (como varios más de la provincia), pero no es menos cierto, de que, en su día se solicitó el "pago aplazado" aprobándose éste, viniéndose liquidando las asignaciones hechas. Posiblemente, tengamos meses de no poder atender dicho pago, pero al contar con existencias, sí se hace.
También quiero preguntarle a V.I. ¿No es secreta la información en la S. Social y sus informes no pueden ser conocidos mas que por los interesados?. En nuestro caso, los conoció la comisión, ¿Es esto legal?. Tenemos conocimiento de que otros Ayuntamientos (adictos) tampoco habían presentado estos certificados y les fueron solicitados. Ahí tiene V.E. una prueba más de la forma como decimos de actuar de dicho Sr. Director, esperando que también se nos solicitara éste, habiendo sido informado sería así por la encargada de la sección.

3ª.- INFORME JURÍDICO EMITIDO POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO, EN EL QUE APARECE CLARAMENTE DELIMITADA LA COMPETENCIA DE LA COMISIÓN PROVINCIAL DE SEGUIMIENTO.

Entendemos que este no era preceptivo, ya que todos conocemos que la competencia en estas "subvenciones" corresponden a la Comisión; posiblemente sea el primero que se solicita y gracioso es para este Municipio. Por referida Comisión y colaboradores de los que la Presiden, se vienen concediendo estas y otras ayudas a los Municipios que quieren. Yo le ruego a V.E. pregunte al referido Sr. Director del INEM, las ayudas que concedió durante su mandato al Municipio de Fuentelapeña. Ninguna, otra prueba mas de su nefasta gestión.

4ª.-CONSIDERACIÓN UNÁNIME DE LOS MIEMBROS DE LA COMISIÓN DE QUE LA SUBVENCIÓN TIENE CARÁCTER CONDICIONAL, QUEDANDO OBLIGADOS LOS BENEFICIARIOS A LLEVAR A CABO DETERMINADOS COMPORTAMIENTOS QUE GARANTICE LA OCUPACIÓN EFECTIVA DE LOS TRABAJADORES.

Este - comportamiento y garantía de los trabajadores - siempre se ha tenido en cuenta. ¿Cómo sabe la Comisión no cumplieron los mismos en su trabajo? Los trabajadores de la zona, sean de la localidad que sean, siempre cumplen con sus trabajos. ¿Qué Organismos o Alcaldes comprobaron que nuestros obreros no cumplieron con su cometido?. Ninguno. Una "cacicada" más.
En principio, se nos convocaba a todos los Alcaldes a la reunión de la Comisión. El reclamante, en varias reuniones, se enfrentó con el Sr. Director del INEM y representantes de Organismos, ya que los repartos ( en su mayoría), querían hacerlos según la "amistad" de los representantes con dichos Organismos y al no estar de acuerdo, ( como digo), " me tienen en el punto de mira" y las ayudas no nos llegan. ¿Entiende V.E. que hoy día tengamos que aguantar esto? Comprenderá nos asiste toda la razón al reclamar dichas ayudas.

5ª.- REFERENTE A QUE LAS OBRAS PRESENTADAS NO CUMPLEN LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ART. 6, PUNTO 6 DEL REAL DECRETO 39/97, DE 20 DE JUNIO, también quiero informarle de que esto no es cierto por los hechos siguientes:

Presentada la -MEMORIA- de las obras a realizar, se nos solicitó nuevamente -memoria- mandada ésta, no se nos indicó de que, la enviada por segunda vez no se ajustaba al Decreto dicho. Le remito copia de ésta.
Los trabajos que normalmente solicitamos todos los Ayuntamientos, son los incluidos en referido Decreto, entre otros: "limpieza de montes, jardines, medio ambiente, etc", éstos son los trabajos solicitados.
Los considerandos antes dichos, son los que, al parecer, motivó de que por el Ilmo. Sr. Director, se propusiera la -ANULACIÓN DE SUBVENCIÓN-, aceptándose por los asistentes a la reunión, ya que el importe que correspondía al Ayuntamiento, se repartiría entre todos los afectados y en esta nos quedamos sin que los 25 obreros en paro agrícola, pudieran "desempeñar sus labores" en su Municipio y ( para callar a los mismos), los incluyeron en los Municipios beneficiados.

Para que V.E. juzgue y tenga más conocimiento de causa, aprovecho ya para informarle, entre otras muchas que tenemos ( del caso siguiente):

Por el Ejercicio de 1998 y acogiéndonos a las "ayudas concedidas", solicitamos la "CASA DE OFICIOS- JARDIN DE LA GUAREÑA" al Instituto de Empleo, estudiada nuestra petición, se nos aprobó el exp. 49/10/95 por importe de unos 43.000.000 Pts. de los cuales el director del INEM, sin aviso previo ni razonando nada de lo aprobado por el Ministerio, al propio Ayuntamiento lo redujo a 29.000.000 Pts. Desapareciendo la diferencia por arte de magia.

Las obras, fueron realizadas en su mayoría, destinándose 19.617.990 Pts.,. De este importe, se descontaron 1.643.084 Pts. de obra no realizada, invirtiéndose la diferencia por importe de 17.974.906 Pts. Por los móviles ya dichos, el Director del INEM, nos obligó al reintegro total por importe de unos 18.000.000 Pts., sin tener en cuenta y como reconoce en sus comunicaciones de las que uno "copia" de que, el reintegro se haría solamente del importe no justificado. Una vez mas comprobará V.E. de que, con esta forma de actuar, este Ayuntamiento, tenga la "situación económica muy deficiente", ya que al reintegro obligado, se tiene que tener en cuenta las inversiones hechas de entre ambos conceptos (podemos decir), con 36.000.000.

Podemos asegurarle que de las inversiones hechas por el Ayuntamiento en conceptos que el Director Provincial del INEM no nos admitió como gasto de la casa de oficios superó con creces los 5.000.000 Pts. que desembolsamos de nuestras arcas ya que hasta pagamos la gasolina de los desplazamientos con cargo al Ayuntamiento y no al de la casa de Oficios.

De estos hechos, a Fuentelapeña le han sucedido muchos y todos ellos, motivados por no "callarme" en "repartos y actuaciones que se hacen", ya que mi forma de ser, no es la de decir -sí como V.I. mande-.
Por eso, rogamos a V.E. atienda el -PRESENTE RECURSO DE ALZADA- y en su día sea este favorable al Ayuntamiento, ya que los hechos que se dicen han motivado la denegación de la "ayuda" solicitada, no se ajustan a la legalidad como le aclaramos.

Fuentelapeña, 9 de Octubre de 2002.
EL ALCALDE


FDº. CESAR POLO.